Alquileres de estancias cortas, Hacienda con el modelito 179 y otras lindezas…

Desde que tenemos uso de razón hemos visto a familias alquilando casas para el verano; a trabajadores desplazados alquilar pisos para descansar; a parejas deseosas de intimidad… y así hasta el infinito y más allá.

¿Qué ha cambiado? La cantidad, sin duda. La cantidad de alquileres de estancias cortas; tanto como las personas que creen haber atisbado El Dorado: Propietarios avaros, Ansias del dinero cortoplacista, Pseudo empresarios… Catetos en general, vaya, que; por lo general o han heredado o han invertido sin seso y que precisan del racimo de misma índole.

En el otro lado de la moneda. La hay. La parte buena de la moneda. Familias endeudadas o simplemente propietarios a los que les da la gana aumentar ingresos calculando mentalmente el 20% que se llevará el Ministerio del Tiempo, digo de Hacienda

Entre tanto barullo quién se cree perjudicado: esas otras construcciones tipo panal llamados hoteles, cuya arrogancia (a veces) les permite abrir sus discursos de asociaciones empresariales con el «ataque» de las viviendas de uso turístico. Madre mía, ¡vaya plumero! Como para no verlo.

Entre toda esa maraña aparece el árbitro de la contienda (sí, sí, metáfora futbolera) y expresa su voluntad de controlar, filtrar, burocratizar, empapelar, sobrecargar, legislar sin reglamentar, reglamentar sin legislar y dar la voz a Cipión y Berganza a modo de explicación de cómo se presenta el modelo 179, a quién le corresponde presentarlo y cuándo.

De veras que nos hubiera gustado ser más prosaicos tratándose de lo que se trata: del modelo 179 de Hacienda; el cual dice que deberán ser incluidos titulares de viviendas, de los inmuebles, entidades cesionarias, ubicación, referencia catastral, número de días, importes percibidos, fecha inicio… ¡Ah! Se tramitará tipo SII y por cada apunte erróneo nos podrían sancionar desde los 20€ o hasta los 600.000€ según la gravedad.

A que entienden que hayamos dado inicio desde un punto de vista quevedista.

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