¿Eres Persona Jurídica o Entidad financiera y posees viviendas en Catalunya?
Pues desde el 1 de marzo se aplica la Ley, aprobada en julio de 2015; por la que las viviendas vacías deberán hacer frente a tributos por ese hecho: por estar vacías.
- Deberán estar en zonas de demanda justificada.
- Que lleven más de dos años vacías, sin causa.
- De 10€/m2 a 30€/m2.
- Acogerse al alquiler social será bonificado.